“Detuvieron a 4 dominicanos con droga en el aeropuerto”. “Una mula boliviana fue detenida en la frontera”. “Dos paraguayos involucrados en un robo”. Estos títulos son habituales en los medios de comunicación, y se volvieron cada vez más usuales a partir del recrudecimiento de la política migratoria argentina. No es casual que en épocas electorales se ponga el foco en la población migrante, porque hay quienes buscan un enemigo externo que sirva como chivo expiatorio para responsabilizarlo por los problemas internos.

La población extranjera, históricamente es un grupo de alta vulnerabilidad social y cuando los medios de comunicación eligen los titulares del primer párrafo, se convierten en un actor clave que acciona resortes xenofóbicos en la sociedad, sin tener en cuenta que las migraciones se entienden como derechos humanos esenciales, por lo que la irregularidad de la migración no implica la pérdida de la calidad de sujeto de derecho.

Ahora, no son lo mismo los extranjeros europeos, que los que provienen de países limítrofes. A tal punto que esta noción está plasmada en nuestra Constitución Nacional desde 1853 en el Artículo 25: “El Gobierno Federal fomentará la inmigración europea; y no podrá restringir, limitar ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias, e introducir y enseñar las ciencias y las artes”. Las raíces eurocéntricas quedaron fijadas en piedra desde entonces.

Hubo varios momentos en nuestra historia en la que la política migratoria se recrudeció. En 1981 plena dictadura cívico-militar, se dictó la Ley N.° 22.439, comúnmente conocida como “ley Videla”. Esta legislación fue concebida bajo la doctrina de la seguridad nacional y tenía; la inmigración era vista como una amenaza al bienestar público, por eso la mirada sobre la persona migrante era persecutoria y represiva.

Con el retorno de la democracia, el discurso se fue modificando, pero la mirada continuó siendo sesgadamente xenófoba. Durante los 90 hubo la inmigración se construyó discursivamente como una amenaza al trabajo, a la sanidad y a la seguridad. En esa época funcionarios de las más altas esferas del Gobierno Nacional atribuyeron a las personas migrantes el desempleo, o la inseguridad, entre otros males. Esto activó resortes discriminatorios en la sociedad, cuando en realidad muchas de las afecciones se explicaban por los efectos sociales y económicos de la implementación de políticas neoliberales.

¿Qué es la discriminación? Según el INADI, “la discriminación es el comportamiento que se deriva del prejuicio, negando derechos y oportunidades a grupos poblacionales y se sustenta en el sentimiento de superioridad y autoafirmación de un grupo sobre otro”. Cuando un estereotipo particular adquiere una fuerte carga negativa, se lo estigmatiza excluyéndolo del sistema. Esa estigmatización se fortalece a través de la construcción de sentido de los medios de comunicación y de ahí radica la importancia en informar con prudencia. Es por eso que el INADI elaboró una serie de lineamientos que abordan el tratamiento que deben tener las noticias sobre la población migrante, a través del manual “Buenas Prácticas en la Comunicación Pública”. Se ve que esa materia no se dictó en la carrera de periodistas.

Algunas de las recomendaciones son:

• Difundir los contenidos de la Ley, sus alcances y disposiciones más relevantes tanto entre la comunidad migrante como en la sociedad en su conjunto a fin de que las personas titulares de los mismos conozcan sus derechos y exijan su cumplimiento y los ciudadanos/as nacionales argentinos/as los respeten y no los vulneren.

• Comunicar que la persona migrante, independientemente de su situación migratoria, es un/a habitante de nuestro país y, por lo tanto, tiene los mismos derechos en el acceso a la educación, la salud, a un trato no discriminatorio y a integrarse a la vida cultural y social.

• Aportar a la ruptura de los paradigmas que asocian a los/las extranjeros/as como responsables de situaciones críticas como la inseguridad y el desempleo. No existen datos que sustenten tales afirmaciones, ni ninguna otra similar. Por el contrario, generalmente la población migrante ocupa puestos de trabajo que los nacionales no ocuparían.

• Impulsar coberturas periodísticas que den cuenta de los valiosos aportes a nuestro país que la población migrante realiza, a través del intercambio cultural, de su trabajo y de su consumo, entre otras cosas.

• Se recomienda evitar referir a la nacionalidad de la persona cuando no constituye un dato que aporte sustancialmente a la noticia y más aún si la noticia supone una información negativa.

Ante el endurecimiento de la política argentina hacia la población migrante, el Centro de Estudios Legales y Sociales junto a otras organizaciones realizaron una presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el texto señala que la últimas medidas impulsadas por el Gobierno Nacional “no sólo son contrarias a la Constitución Nacional y a Ley Nacional de Migraciones sino también incumplen las obligaciones internacionales del Estado y debilitan los derechos de las personas migrantes”.

Es imprescindible recordar qué dice la Ley Nacional 25.871: “El derecho a la migración es esencial e inalienable de la persona y la República Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad”. La norma sancionada en 2003 es muy en cuanto a las obligaciones que tiene el Estado argentino con la población migrante ya que en el artículo 6 establece: “El Estado en todas sus jurisdicciones, asegurará el acceso igualitario a los inmigrantes y sus familias en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales, en particular lo referido a servicios sociales, bienes públicos, salud, educación, justicia, trabajo, empleo y seguridad social”. No hay excusa para fomentar la xenofobia, no lo vale un voto, ni lo vale un lector.

 

Luz Scarpati

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