La reforma a la ley 607, que prevé un plazo de 4 años para que un juez pueda ejercer la abogacía como particular, pretende que los magistrados puedan realizar ese ejercicio inmediatamente de jubilados. La iniciativa fue presentada a la Legislatura por la Asociación de Magistrados y generó malestar entre los abogados particulares.
La iniciativa fue presentada desde la comisión directiva de la Asociación de Magistrados del Poder Judicial, en pos de buscar el consenso de los legisladores para aprobar una modificación al texto de la ley 607. El artículo que se busca modificar prevé un plazo de 4 años para que el magistrado jubilado pueda ejercer la abogacía en el mismo distrito donde ejerciera su función pública.
Al respecto el proyecto considera que “la extensión del plazo de cuatro años de incompatibilidad resulta desproporcionado con relación a los fines a titular y resguardar”, dice, agregando “considerar que el contacto diario y el ascendiente profesional con sus pares pueden darle influencia decisiva en la solución de los pleitos, implica desconocer la integridad moral del personal judicial”, fundamenta el proyecto de los magistrados.
La Asociación considera que la actual legislación posee un “efecto restrictivo en el ejercicio profesional” de sus asociados, por lo que pide habilitarlos libremente al ejercicio del derecho una vez jubilados, con las limitaciones obvias a las causas en que hubieran intervenido como jueces. La iniciativa cayó como un balde de agua fría en las filas de los abogados que reclamaron explicaciones a sus representantes a través del Colegio de Abogados, los cuales desmintieron haber consentido tal proyecto.
A tal fin los abogados se convocaron a una asamblea el próximo lunes al mediodía en los tribunales del Campamento YPF para analizar esta situación con la que manifestaron su desacuerdo.