El Municipio de Tolhuin, a través del Decreto Nº 346 estableció:
- El uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (barbijo, mascarilla, tapaboca, etc) para la circulación en la vía pública, establecimiento público y/o privado dentro del ejido urbano.
- El horario de 8 a 15hs de lunes a domingo para los proveedores de los comercios dentro del ejido urbano. Asimismo, deberán ser desinfectados en los lugares designados por el Departamento Ejecutivo.
- El horario de atención al público de 8 a 20hs de lunes a domingo para los comercios de la localidad de Tolhuin, y hasta las 23hs para vehículos que realizan delivery con autorización de la Dirección de Habilitaciones Comerciales e Inspecciones Generales.
- La restricción de la circulación dentro del ejido urbano de 21 a 6hs, salvo personas que realicen tareas esenciales.
- La facultad de implementar sanciones correspondientes por incumplimiento a la Dirección de Habilitaciones Comerciales e Inspecciones Generales.
- Se prohiben las reuniones sociales, eventos públicos y privados, y toda actividad de cultos religiosos.
- Recordemos seguir cuidándonos con responsabilidad individual y conciencia colectiva.
Fuente: Prensa Municipalidad de Tolhuin
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