En base a las nuevas disposiciones provinciales, a través de la modificación del Decreto Municipal Nº 346, quedó establecido hasta el 10 agosto:
- El uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (barbijo, mascarilla, tapaboca, etc) para la circulación en la vía pública, establecimiento público y/o privado dentro del ejido urbano.
- El horario de 8 a 15hs de lunes a domingo para los proveedores de los comercios dentro del ejido urbano. Así mismo, deberán ser desinfectados en los lugares designados por el Departamento Ejecutivo.
- El horario de atención al público de 8 a 20hs de lunes a domingo para los comercios de la localidad de Tolhuin, con horario preferencial para personas de riesgo de 9 a 10hs, y hasta las 23hs para vehículos que realizan delivery con autorización de la Dirección de Habilitaciones Comerciales e Inspecciones Generales.
- Limitar la circulación de toda persona que no se encuentre afectada a los servicios esenciales de 00 a 6hs.
- Limitar el horario de locales gastronómicos, bares y afines de 8 a 23hs debiendo cumplir con el límite de 4 personas por mesa.
- La facultad de implementar sanciones correspondientes por incumplimiento a la Dirección de Habilitaciones Comerciales e Inspecciones Generales.
- La suspensión de reuniones sociales, eventos públicos y privados, y toda actividad de cultos religiosos.
Fuente: Prensa Municipalidad de Tolhuin

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