El diputado de Encuentro Ciudadano firmó la iniciativa presentada el lunes por sus pares de bloque Nadia Ricci, Daniel Roquel y Evaristo Ruiz. La ex diputada Gabriela Mestelán lo pide “ya” porque “de poder vivir se trata”.

Acompañé la presentación del proyecto de ley que autoriza el uso compasivo del Ibuprofeno inhalado en toda la provincia”, adelantó el diputado de Encuentro Ciudadano, Javier Pérez Gallart, vía redes sociales.

El legislador informó allí que la iniciativa fue presentada a comienzos de esta semana en la Legislatura provincial y “lleva las firmas de mis compañeros de bloque Nadia Ricci, Daniel Roquel y Evaristo Ruiz”.La diputada Ricci ya había presentado un pedido que fue rechazado por el oficialismo en las voces de los legisladores Rocío García y Matías Mazú”, recordó Pérez Gallart en el escrito publicado de manera virtual.

“Es hora de que la gobernadora Alicia Kirchner y el ministro de Salud, Claudio García, escuchen el urgente pedido no sólo de la comunidad sino de reconocidos profesionales de la salud de nuestra provincia”, planteó el legislador. En la misma línea se expresó la ex diputada del espacio, Gabriela Mestelán, quien escribió en sus redes sociales: “¡Ibuprofeno inhalado ya para toda Santa Cruz! De poder vivir se trata”.

Desde Encuentro Ciudadano además divulgaron los artículos del proyecto de ley presentado este lunes en la Legislatura, que recién tomará estado parlamentario en la sesión del próximo jueves 8 de octubre.

LOS CUATRO ARTÍCULOS DEL PROYECTO DE LEY

  • Artículo 1: AUTORIZAR como medida sanitaria de excepción, uso del Ibuprofenato de sodio o solución hipertónica de Ibuprofeno (Ibuprofeno inhalado) como terapia de uso compasivo (UCA Uso Compasivo Ampliado) en las Instituciones Sanitarias Públicas y Privadas del territorio de la Provincia de Santa Cruz.
  • Artículo 2: ESTABLECER como autoridad de aplicación de la presente al Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia de Santa Cruz, quien deberá reglamentar, implementar y controlar la medida sanitaria de excepción.
  • Artículo 3: La aplicación del Ibuprofenato de sodio como Terapia de Uso compasivo deberá ajustarse a los lineamientos establecidos por la autoridad de aplicación y deberá contar con el consentimiento informado del Paciente y la conformidad de la Autoridad Sanitaria.
  • Artículo 4: La medida dispuesta por la presente Ley, tendrá vigencia mientras dure la Emergencia Sanitaria en virtud de la Pandemia, dispuesta por la (OMS) por el COVID-19 y hasta tanto el producto se encuentre autorizado por la ANMAT para uso comercial en todo el territorio Nacional.

Fuente: Prensa Encuentro Ciudadano

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